Código Penal Artículo 175 sexties Estado de Baja California
Código Penal Baja California
Artículo 175 sexties.
A quien teniendo relación de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, con la víctima u ofendido, o bien que se encuentra bajo la guarda o custodia, se aproveche de la confianza en el depositada, difunda, revele, transmita, reproduzca imágenes o audiovisuales, con contenido pornográfico sin su consentimiento, se le impondrá pena
Cuando exista animo lucrativo en la revelación del contenido a que se refiere este artículo, la pena de prisión se aumentará hasta en una mitad adicional. El presente delito es de querella.
Estado de Baja California Artículo 175 sexties Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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